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El TJUE avala congelar los fondos europeos a Polonia y Hungría

Si vulneran los principios del Estado de Derecho como la independencia judicial, la libertad expresión o la lucha contra la corrupción

Por El Nuevo Lunes
18 de febrero de 2022
in Unión Europea
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Ursula Von der Leyen, presidenta de la Comisión Europa, y Mateusz Morawiecki, primer ministro polaco. / EUROPA PRESS

Ursula Von der Leyen, presidenta de la Comisión Europa, y Mateusz Morawiecki, primer ministro polaco. / EUROPA PRESS

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N. L.

 

El fallo desestima en su totalidad los recursos de anulación contra esta norma que habían presentado Polonia y Hungría y despeja el camino para que la Comisión Europea actúe contra los Gobiernos de derecha radical de Viktor Orban en Hungría y de Mateusz Morawiecki en Polonia, cuya deriva autoritaria preocupa desde hace años en Bruselas. El Ejecutivo comunitario ya envió sendas cartas de aviso a los Ejecutivos de ambos países el pasado mes de noviembre, como primer paso para congelar los fondos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado los recursos de Hungría y Polonia y ha avalado condicionar los fondos europeos al respeto al Estado de derecho, un mecanismo que permite a la Comisión Europea congelar el pago de estas ayudas ante violaciones de derechos por algún Estado miembro y que Budapest y Varsovia recurrieron ante la Justicia europea para intentar su anulación.

En dos sentencias, la Gran Sala del Tribunal europea considera que este instrumento ha sido adoptado sobre una base jurídica adecuada, es conforme con otros procedimientos existentes en los Tratados y respeta, en particular, los límites de las competencias atribuidas a la Unión y el principio de seguridad jurídica. Además, advierte de que los intereses financieros de la Unión pueden verse «seriamente amenazados» por la vulneración de los principios del Estado de Derecho» en un Estado miembro.

 

Rechazo de las alegaciones

De esta forma, el TJUE rechaza las alegaciones de los gobiernos húngaro y polaco, que pidieron su anulación al considerar que carece de base jurídica y que colisiona con otros instrumentos que ya existen en los Tratados de la UE para actuar ante riesgos graves para el Estado de derecho, como el artículo 7 que permitiría en última instancia suspender el derecho a voto de un Estado miembro incumplidor.

El TJUE rechaza las alegaciones de los gobiernos húngaro y polaco, que pidieron su anulación al considerar que carece de base jurídica y que colisiona con otros instrumentos que ya existen en los Tratados de la UE para actuar ante riesgos graves para el Estado de Derecho

Aplicable desde el pasado 1 de enero, el reglamento fue aprobado con el rechazo de estos dos gobiernos, que bloquearon la adopción del presupuesto europeo y del plan anticrisis de 750.000 millones de euros durante varias semanas para tratar de tumbar esta condicionalidad, que a su juicio es arbitraria y carente de base jurídica. El mecanismo permite paralizar el desembolso de fondos comunitarios, de los que Budapest y Varsovia son importantes receptores, cuando se detecten violaciones de los principios del Estado de derecho -como la independencia judicial, la igualdad ante la ley o la separación de poderes- que afecten directamente al buen uso del dinero.

En su dictamen, la Justicia europea ha concluido que el mecanismo de condicionalidad de los fondos «ha sido adoptado sobre una base jurídica adecuada y es conforme con el procedimiento previsto en el artículo 7 del Tratado de la UE». Además, la sentencia considera que el mecanismo respeta los límites de las competencias atribuidas a la Unión y estima que el reglamento «cumple los requisitos del principio de seguridad jurídica».

Según el texto, las facultades que este reglamento confieren a la Comisión y al Consejo «no sobrepasan los límites de las competencias atribuidas a la Unión» y añade que el procedimiento previsto en el artículo 7 del Tratado de la UE y el mecanismo de condicionalidad de los fondos «persiguen objetivos distintos» como finalidad permitir al Consejo sancionar las violaciones graves y persistentes de los valores comunes de la Unión, mientras que el fin del reglamento es proteger el presupuesto de la Unión, «en caso de vulneración de los principios del Estado de Derecho en un Estado miembro que afecte o amenace con afectar gravemente la buena ejecución de dicho presupuesto».

El TJUE va más allá y sostiene que los intereses financieros de la Unión pueden verse «seriamente amenazados» por la vulneración de los principios del Estado de Derecho» en un Estado miembro y tal vulneración «puede tener como consecuencia que no haya garantía de que los gastos del presupuesto de la Unión cumplan todos los requisitos del Derecho». Y, en lo que respecta a la alegación de Hungría y de Polonia sobre que el reglamento no define el concepto de Estado de Derecho, el Tribunal de Justicia destaca que tales principios han sido ampliamente desarrollados en su jurisprudencia.

Tras conocer la resolución, el viceministro polaco de Justicia, Sebastián Kaleta, ha señalado que la decisión es «un ataque a la soberanía de Polonia que tiene que defender su democracia contra este chantaje para quitarnos el derecho a decidir sobre nosotros mismos”

En sus conclusiones del pasado diciembre, el Abogado General del TJUE ya avaló el reglamento de condicionalidad y recomendó a la Justicia europea desestimar los recursos presentados por Polonia y Hungría, al concluir que la norma se apoya en la base jurídica adecuada.

Tras conocer la resolución, el viceministro de Justicia de Polonia, Sebastián Kaleta, habla de «un ataque a la soberanía de Polonia que tiene que defender su democracia contra este chantaje… Especialmente, dado que Polonia está destinada a perder fondos para medidas que son un estándar en España o Alemania».

Por su parte, la ministra de Justicia de Hungría, Judit Varga, ha calificado la sentencia de la Justicia europea como una «decisión política» que muestra el «abuso de poder» de las instituciones de la Unión Europea. «La decisión demuestra que Bruselas abusa de su poder”.

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