Después de meses de deliberaciones, tras admitir a trámite cinco recursos contra sentencias IRPH, dos de CaixaBank, dos de Kutxabank y uno de Liberbank, el Tribunal Supremo ha defendido la legalidad del polémico índice excepto en el caso de Liberbank, donde se seguirá analizando el caso al tratarse de un piso protegido. El Ato Tribunal ha descartado que las cuatro hipotecas sean abusivas a pesar de detectar que hubo falta de transparencia en la contratación. La decisión no ha satisfecho a los consumidores, que han recibido la noticia como «un salomónico jarro de agua fría», aunque no pierden la esperanza.
El pleno de la sala de lo Civil se ha basado en el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado marzo dejó en manos de los jueces españoles declarar la idoneidad del IRPH, analizando caso por caso. Así, “se ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores”. Sin embargo, “y siguiendo también la jurisprudencia del TJUE», ha concluido que ninguno de los casos «había abusividad”. “Los tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamos hipotecarios que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros”, afirmaba al respecto el TJUE el pasado marzo. La Justicia europea se pronunció después de que el juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona suspendiese un procedimiento e instase al tribunal de la Unión Europea a que se pronunciase sobre la legalidad y la transparencia de las hipotecas referenciadas al IRPH. El fallo cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, indica el comunicado, que aclara que el contenido de las sentencias se conocerá en los próximos días.
A tenor de los cálculos de Asufin, el perjuicio medio causado rodaría los 25.000 euros por cada hipotecado perjudicado
Mientras que la banca expresó su satisfacción, los consumidores lo recibieron como un “salomónico jarro de agua fría”, en palabras de la presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), Patricia Suárez. Además, sostiene que el fallo del Tribunal Supremo “no zanja la cuestión”, toda vez que la Justicia Europea se tendrá que volver a pronunciar después de que un juzgado de Reus haya elevado una cuestión prejudicial. A tenor de sus cálculos, el perjuicio medio causado rodaría los 25.000 euros por cada hipotecado perjudicado. Facua-Consumidores en Acción tildó de “absolutamente bochornosa” la decisión y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) lamentó que el Alto Tribunal “vuelva a fallar a favor de la banca”. Tanto la banca como los consumidores dan por hecho que continuaran los litigios. Por ahora, hay disparidad de sentencias por parte de los tribunales. Según Asufin, hay 30 sentencias acumuladas a favor de los consumidores y otras 17 en contra. Esto ocurre en juzgados de primera instancia, pero en las audiencias provinciales los bancos están dando la vuelta a varios procesos.
Solo los cinco grandes bancos tienen una cartera de 13.378 millones en préstamos hipotecarios referenciados al IRPH, según los últimos datos recopilados por JP Morgan. El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios tiene como origen, indicadores construidos a partir de los tipos de interés de los bancos (IRPH Bancos) y de las cajas (IRPH Cajas), validados por el Banco de España.