El Tribunal Supremo ha confirmado la multa de un millón de euros a Deloitte, impuesta por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) en 2016, por una infracción grave en relación a una auditoría llevada a cabo al Grupo Santander en 2011, así como la sanción de 6.000 euros a una de sus socias auditoras en relación a los mismos hechos. El ICAC declaró a Deloitte y a una de sus auditoras responsables de la comisión de una infracción grave por incumplir un artículo de la Ley de Auditoría de Cuentas en los trabajos realizados sobre las cuentas anuales consolidadas de Banco Santander y sociedades dependientes, y las individuales de la entidad, correspondientes al ejercicio 2011.
Al no estar de acuerdo con la decisión, Deloitte quiso llevar el caso a los tribunales, si bien la Audiencia Nacional desestimó en 2019 el recurso contencioso-administrativo presentado al no acogerse a ninguno de los motivos impugnativos, confirmando las resoluciones recurridas e imponiendo a la firma las costas del proceso.
Posteriormente, Deloitte elevó el proceso al Tribunal Supremo, anunciando un recurso de casación sobre la sentencia de la Audiencia Nacional. Este alto órgano judicial acaba de volver a ratificar el fallo al considerar que la concurrencia de factores de riesgo que son susceptibles de crear conflictos de intereses obligaban a que la firma reflejara documentalmente las amenazas a la independencia en los papeles de trabajo.
Paralelamente, El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha impuesto una sanción a Ernst & Young de 776.850 euros por la auditoría que hizo de las cuentas de Bankia en 2015. Así lo establece una resolución del ICAC, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, publicada este viernes en el BOE. El ICAC ha multado por el mismo motivo al auditor José Carlos Hernández Barrasús, en este caso con 7.050 euros.