El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación presentado por Bankia contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2017 que declaraba por primera vez que el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) era nulo. En el auto, el Supremo indica que acepta el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Bankia contra la sentencia dictada el 4 de mayo de 2017 por la Audiencia Provincial de Madrid. El Supremo admite un recurso presentado por Bankia contra el primer fallo que declaró nulo el IRPH en Madrid. Esta sentencia fue la primera sobre IRPH ganada a favor de los consumidores en la Audiencia Provincial de Madrid, de modo que esta admisión contrasta con las primeras 40 providencias emitidas por el Alto Tribunal para dar carpetazo a los asuntos de IRPH desfavorables para los consumidores. Antes de llegar hasta este punto, el caso fue ganado en 2016 en el Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid, que determinó la nulidad de la cláusula IRPH Entidades y la sustituyó por Euribor. El magistrado destacó en la sentencia que «la trascendencia de la falta de información viene acrecentada por el hecho de que el índice IRPH se ha situado siempre por encima del Euribor, lo que ha implicado que los consumidores paguen una mayor cantidad de intereses que en el caso de que se hubiese aplicado el índice Euribor». Un año más tarde, la sección 13 de la Audiencia Provincial de Madrid ratificó el fallo.