El Banco de España exigirá a los proveedores de servicios de pago y a los operadores de sistemas de pago más información sobre pagos, incluyendo información estadística sobre operaciones de fraude detectadas con medios de pago, que deberá enviarse al organismo a partir del primer trimestre de 2022. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la nueva Circular 2/2022, de 15 de marzo, del Banco de España, sobre normas para el envío al Banco de España de estadísticas de pagos por parte de proveedores de servicios de pago y operadores de sistemas de pago. Según establece el Reglamento (UE) 1409/2013, sobre estadísticas de pagos, el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales deben recopilar información sobre pagos y sistemas de pago para realizar sus funciones de supervisión y hacer seguimiento de la evolución de los mercados de pagos en los Estados miembros. El Reglamento (UE) 2020/2011 del BCE, de 1 de diciembre de 2020, introdujo modificaciones en varios aspectos de ese reglamento, por lo que el Banco de España ha procedido a adoptar una nueva circular que determina la forma y la periodicidad con las que los proveedores de servicios de pago deben facilitar al Banco de España los datos estadísticos sobre fraude relacionado con diferentes medios de pago.